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Ayúdenos a brindarle un mejor servicio
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Una queja formal.
No está satisfecho con la calidad del cuidado o de los servicios que recibió de alguna de las siguientes entidades:
Alguno de sus proveedores (por ejemplo, proveedores de servicios para la vista o dentales).
Una farmacia o un hospital.
Su plan de salud.
A continuación, se incluyen algunas situaciones por las que puede presentar una queja formal:
- No quedó satisfecho con la calidad del cuidado o del tratamiento que recibió.
- El proveedor o un miembro del personal del plan fue descortés con usted o no respetó sus derechos.
- Tuvo problemas para conseguir una cita con su proveedor en un plazo razonable.
- El proveedor o un miembro del personal del plan no fue considerado con las necesidades culturales u otras necesidades especiales que usted tenga.
¿Quiere presentar una queja formal? Presentar una queja formal o una apelación no afectará sus servicios de cuidado de salud ni la cobertura de beneficios. Infórmenos de inmediato. Contamos con procedimientos especiales para ayudarlo. Y haremos todo lo posible para responder sus preguntas y resolver su problema.
Una apelación.
Esto significa que no está de acuerdo con una decisión que tomamos con respecto a la cobertura de determinados servicios que, según su proveedor, son médicamente necesarios. Recibirá una carta nuestra si denegamos, suspendemos, retenemos o reducimos un servicio o tratamiento que ha estado recibiendo. A esto lo llamamos aviso de determinación adversa de beneficios.
Luego, si lo desea, puede presentar una apelación. Le gustaría que revisemos la decisión para asegurarse de que hicimos lo correcto con respecto a lo siguiente, por ejemplo:
- Rechazar los servicios que solicitó su proveedor
- Rechazar un servicio que se había aprobado previamente.
- No pagar un servicio que solicitó su proveedor de cuidado primario u otro proveedor.
- No brindarle el servicio de manera oportuna.
- No aprobar un servicio porque no está incluido en nuestra red.
¿Qué ocurre después?
¿Qué ocurre después?
Quejas formales
No hay límite de tiempo para presentar una queja formal. Le enviaremos una carta para informarle que la recibimos. Intentaremos resolver la queja formal de inmediato.Es posible que lo llamemos para solicitar más información.
Algunos plazos que se deben tener en cuenta respecto de la queja formal
- En un plazo de 5 días calendario: Le enviaremos una carta para informarle que recibimos su queja formal.
- En un plazo de 30 días calendario: Le informaremos nuestra decisión.
Apelaciones
Un proveedor con la misma especialidad que su proveedor tratante (o una similar) revisará su apelación.
Algunos plazos que se deben tener en cuenta respecto de la apelación
- En un plazo de 63 días calendario contados desde la fecha que figura en la notificación con nuestra decisión: Usted o su representante deben presentar la apelación.
- En un plazo de 5 días calendario: Le enviaremos una carta para informarle que recibimos su apelación.
- En un plazo de 30 días calendario: Le informaremos nuestra decisión.
Apelación rápida o urgente
- En un plazo de 72 horas: Le comunicaremos nuestra decisión si la apelación estaba relacionada con el cuidado de urgencia, de emergencia o en hospital. O si esperar la decisión durante un máximo de 14 días podría perjudicar su salud.
Más ayuda con las quejas formales y las apelaciones
Si necesita más ayuda o no está de acuerdo con la decisión sobre la apelación, aquí se presentan algunas alternativas.
Puede pedirle a otra persona que presente una queja formal o una apelación en su nombre. También puede actuar en su nombre en una audiencia imparcial estatal. Se la llama “representante del miembro”. Puede ser una de las siguientes personas:
- Su proveedor
- Un miembro de la familia
- Un amigo
- Su tutor legal
- Su abogado
- Alguna otra persona
Deberá darle permiso por escrito para que actúe en su nombre.
- En el caso de las quejas formales y las apelaciones, puede escribir una carta o completar la forma de divulgación de autorización (PDF).Si necesita que le enviemos la forma, llame al 1-855-221-5656 (TTY: 711).
- En el caso de las audiencias imparciales estatales, puede escribir una carta a la Oficina de Audiencias Administrativas e incluirla en su solicitud de audiencia imparcial estatal.
Si escribe una carta, indíquenos que desea que otra persona actúe en su nombre para presentar una queja formal o una apelación. Asegúrese de incluir lo siguiente:
- Su nombre.
- Su número de identificación de miembro que figura en la tarjeta de identificación.
- El nombre de la persona que quiere que lo represente.
- De qué se trata su queja formal o su apelación.
Luego, firme la carta y envíela a la siguiente dirección:
Aetna Better Health of Kansas
Attn:Appeal and Grievance Department
Apartado de correos 81139
5801 Postal Road
Cleveland, OH 44181
¿Su proveedor presenta la solicitud en su nombre? De ser así, asegúrese de que utilice esta dirección, no la dirección del proveedor.
Una vez que recibamos la carta, la persona que eligió podrá actuar en su nombre. Si otra persona presenta una queja formal o apelación en su nombre, usted no puede presentar otra sobre el mismo tema.
¿Está apelando nuestra decisión de denegar, suspender, restringir o reducir un servicio o tratamiento en curso que ha estado recibiendo? Si es así, esos servicios continuarán automáticamente durante su apelación, siempre que se cumpla lo siguiente:
Para servicios generales (que no son de exención)
- Usted presenta la apelación el último día del período autorizado original, antes de esa fecha o durante los 10 días posteriores a nuestra carta en la que se notifica la decisión, lo que ocurra más tarde.
- La apelación implica suspender, restringir o reducir un tratamiento que antes estaba aprobado.
- La autorización no ha caducado.
- Un proveedor autorizado indicó los servicios en cuestión.
Sus servicios continuarán hasta que suceda una de estas cosas:
- Usted retira la apelación.
- Se cumplió el período de autorización original para sus servicios.
- Pasaron 10 días desde que le enviamos por correo nuestra decisión sobre la apelación.
Esto será así mientras no haya solicitado una audiencia imparcial estatal con continuación de servicios. Obtenga más información acerca de este tema en la pestaña “Audiencia imparcial estatal”.
La decisión sobre la apelación en relación con servicios generales (que no son de exención)
- Si la decisión sobre la apelación no resulta a su favor: Es posible que deba pagar los servicios en disputa que siguió recibiendo durante su apelación.
- Si la decisión de la apelación resulta a su favor: Brindaremos los servicios en disputa dentro de las 72 horas posteriores a la fecha de la decisión sobre la apelación, si no los siguió recibiendo durante la apelación. Además, si los siguió recibiendo durante la apelación, los pagaremos.
Para servicios de exención de servicios comunitarios y domiciliarios (HCBS)
Los servicios continuarán durante su apelación, siempre que se cumpla lo siguiente:
Presenta la apelación dentro de los 63 días contados desde la fecha del Aviso de determinación adversa de beneficios.
La apelación implica suspender, restringir o reducir un tratamiento que antes estaba aprobado
La autorización no ha caducado.
Un proveedor autorizado indicó los servicios en cuestión.
Su exención de servicios comunitarios y domiciliarios (HCBS) continuará hasta que suceda una de estas cosas:
Usted retira la apelación.
No presenta la apelación dentro de los 63 días calendario contados desde la fecha del Aviso de determinación adversa de beneficios.
Usted o su representante autorizado solicite servicios comunitarios y domiciliarios previamente autorizados, o que finalicen los beneficios y se reemplacen por otros servicios o beneficios comunitarios y domiciliarios.
La decisión sobre la apelación en relación con la exención de servicios comunitarios y domiciliarios (HCBS)
Si la decisión sobre la apelación no resulta a su favor: Los beneficios no continuarán pasados los 123 días calendario contados desde la fecha de la carta en la que se le informa la decisión sobre la apelación, salvo que solicite una audiencia imparcial estatal. No tendrá que pagar por los servicios que siguió recibiendo durante la apelación, salvo que hubiese existido fraude.
Si la decisión de la apelación resulta a su favor: Brindaremos los servicios en disputa dentro de las 72 horas posteriores a la fecha de la decisión sobre la apelación, si no los siguió recibiendo durante la apelación.
Es posible acelerar la apelación si la espera de un máximo de 30 días calendario podría perjudicar su salud. Esta es una decisión rápida o acelerada. Llámenos o pídale a su proveedor que nos llame. Lo llamaremos para informarle la decisión en un plazo de 72 horas. Podemos extender el período de revisión hasta 30 días si lo solicita o si necesitamos información adicional y la demora es por su bien.
También puede solicitar una decisión rápida en situaciones que involucren lo siguiente:
- Cuidado de urgencia o de emergencia.
- Una internación nueva o la continuación de una internación.
- Disponibilidad del cuidado.
- Los servicios de cuidado de salud que usted recibió como servicios de emergencia, si todavía no ha recibido el alta de un hospital u otro centro.
Si no podemos aprobar una apelación urgente, lo llamaremos para avisarle. También le enviaremos una carta en un plazo de 2 días. Luego, procesaremos la apelación normalmente, en el plazo habitual (30 días).
¿Su apelación se basaba en una decisión de denegar la autorización para recibir un nuevo servicio? ¿O denegar un reclamo para recibir un reembolso? Si es así, y nuestra decisión sobre su apelación no es a su favor, su proveedor puede solicitar una revisión externa de un tercero independiente (EITPR) por escrito durante los 63 días posteriores a la carta con nuestra decisión sobre la apelación.
La solicitud de su proveedor debe incluir la forma de EITPR, los detalles del problema específico que le gustaría que se revisara y una explicación de los motivos por los cuales no está de acuerdo con nuestra decisión.
Su proveedor puede enviarla por correo postal, fax o correo electrónico.
Correo electrónico: KSAppealandGrievance@Aetna.com
Fax: 1-833-857-7050
Dirección postal:
Aetna Better Health of Kansas
Attn: Grievances and Appeals Department
Apartado de correos 81139
5801 Postal Rd
Cleveland, OH 44181
Si el resultado de la EITPR no es a su favor (es decir, coincide con nuestra decisión sobre la apelación), usted o su proveedor pueden solicitar una audiencia imparcial estatal dentro de los 30 días de la recepción de la carta con nuestra decisión.
Si no está de acuerdo con nuestra decisión sobre la apelación, puede solicitar una audiencia imparcial estatal a la Oficina de Audiencias Administrativas. De acuerdo con las leyes estatales, primero debe esperar a que se complete su apelación interna.
También debe solicitar una audiencia imparcial estatal por escrito en un plazo de 123 días contados desde la fecha de la carta en la que se le informa la decisión sobre la apelación.
Cuenta con muchas opciones para solicitar una audiencia imparcial estatal. Puede ponerse en contacto con nosotros o con la Oficina de Audiencias Administrativas:
Por correo postal
También puede enviarnos la forma de solicitud de audiencia de Medicaid por correo (PDF). Imprima la forma, complétela y envíela por correo a:
Office of Administrative Hearings
1020 South Kansas Avenue
Topeka, Kansas 66612
En línea
Inicie sesión en el portal para miembros para completar la forma en línea.
Por correo electrónico
Para solicitar una audiencia imparcial estatal, puede enviarnos un correo electrónico.
Por teléfono
Llámenos al 1-855-221-5656 (TTY: 711).
¿Su apelación se basaba en una decisión de denegar, suspender, restringir o reducir un servicio o un tratamiento en curso?Si es así, y solicita una audiencia imparcial estatal, tiene derecho a pedir que los servicios continúen mientras la apelación está pendiente.Llámenos al 1-855-221-5656 (TTY: 711).
Debe solicitar la continuidad de los servicios dentro del plazo de 10 días contados a partir de la fecha de la carta en la que se informa la decisión sobre la apelación. Si no cumple con el plazo de 10 días, reduciremos, restringiremos o suspenderemos sus servicios antes de la fecha de entrada en vigor.
Para servicios generales (que no son de exención)
Sus servicios continuarán hasta que suceda una de estas cosas:
Usted retira la apelación.
El período de autorización original para sus servicios ha terminado.
El funcionario de audiencias imparciales estatales deniega su solicitud.
La decisión de la audiencia imparcial estatal en relación con servicios generales (que no son de exención)
Si la decisión de la audiencia imparcial estatal no resulta a su favor (coindice con nuestra decisión): Es posible que deba pagar los servicios en disputa si siguió recibiéndolos mientras la audiencia estaba pendiente.
Si la decisión de la audiencia imparcial estatal resulta a su favor (revoca nuestra decisión): Nos aseguraremos de que reciba los servicios en disputa de inmediato, tan pronto como lo requiera su enfermedad. Si continuó recibiéndolos mientras la audiencia estaba pendiente, pagaremos los servicios cubiertos.
Para beneficios relacionados con la exención de servicios comunitarios y domiciliarios (HCBS)
Sus servicios continuarán hasta que suceda una de estas cosas:
No solicite una audiencia imparcial estatal dentro de los 123 días calendario contados desde la fecha de la carta en la que se le informa la decisión sobre la apelación.
Usted retire la solicitud de audiencia imparcial estatal.
El período de autorización original para sus servicios ha terminado.
El funcionario de audiencias imparciales estatales deniega su solicitud.
Usted o su representante autorizado solicite servicios comunitarios y domiciliarios previamente autorizados, o que finalicen los beneficios y se reemplacen por otros servicios o beneficios comunitarios y domiciliarios.
La decisión de la audiencia imparcial estatal en relación con la exención de servicios comunitarios y domiciliarios (HCBS)
Si la decisión de la audiencia imparcial estatal no resulta a su favor (coindice con nuestra decisión): Los beneficios no continuarán pasados los 123 días calendario contados desde la fecha de la carta en la que se le informa la decisión sobre la apelación. No tendrá que pagar por los servicios que siguió recibiendo durante la audiencia imparcial estatal, salvo que hubiese existido fraude.
Si la decisión de la audiencia imparcial estatal resulta a su favor: Nos aseguraremos de que reciba los servicios en disputa de inmediato, tan pronto como lo requiera su enfermedad. Si continuó recibiéndolos mientras la audiencia estaba pendiente, pagaremos los servicios cubiertos.
En el idioma y formato que usted prefiera
Debe conocer sus derechos en materia de quejas formales y apelaciones.¿Necesita información en otro idioma?Llámenos al 1-855-221-5656 (TTY: 711).Estamos aquí para ayudarlo las 24 horas del día, los 7 días de la semana.Le brindaremos esta información en su idioma primario.También puede obtener información en otros formatos, como letra grande o braille.